SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2003-R

Fecha: 15-Ene-2003

a)

Asistió a la audiencia de amparo el Fiscal Freddy Ponce, toda vez que el Fiscal  Gastón Mostajo Tardío ya no cumple funciones en Yacuiba, quien informó lo siguiente: a) no se puede decir que el Fiscal Mostajo haya cometido actos ilegales, pues el Ministerio Público cumple funciones de protección de los intereses del Estado; b) un requerimiento fiscal constituye sólo una opinión, y dentro del proceso penal instaurado por “ZOFRY” por evasión de pago de impuestos, se involucró a la Agencia Despachante de Aduana “Sosa”, pero, al haberse eximido de responsabilidad penal, el Fiscal recurrido consideró haberse producido una contravención administrativa, de manera que vigilando los intereses del Estado, emitió su requerimiento ante la Unidad de Servicio a Operadores de Aduana (USO),  instancia que debió considerar tal requerimiento como el inicio de un proceso administrativo;  c) el requerimiento no es una resolución que afecte los intereses el representado de los recurrentes.

A su turno, el Administrador interino de la Aduana de Yacuiba, informó que: a) el recurrido Ivar Flores fue transferido a Bermejo, mientras que el Jefe de la USO no tiene domicilio en Yacuiba; b) el Fiscal recurrido, precautelando los intereses del Estado, dispuso el cierre definitivo y forzoso de la Agencia Despachante de Aduana “Sosa”, pues en las declaraciones tomadas a su propietario, en el proceso penal “ZOFRY”, su propietario, que tiene más de 87 años, indicó que no recuerda nada de lo que ha hecho o firmado; c) por su avanzada edad, el representado de los actores ya no tiene capacidad de discernimiento, siendo un riesgo que trabaje como Despachante de Aduana y emita documentos aduaneros de mucha importancia, por lo que le correspondería jubilarse; d) no es cierto que el Administrador de Aduanas de Yacuiba haya clausurado la Agencia señalada, sino que obedeció la instrucción de la USO, que es la instancia donde se registra a las Agencias y se controla el funcionamiento de las mismas; e) la Unidad referida, comunicó a la Administración de la Aduana de Yacuiba para que proceda a la suspensión temporal y forzosa del ejercicio de actividades de la Agencia despachante “Hugo Sosa y Cía”, lo que fue comunicado al Sr. Hugo Sosa; f) el nuevo Fiscal Freddy Ponce requirió en sentido de que se suspenda la resolución dictada contra la Agencia “Sosa”, dejando sin efecto el requerimiento de su antecesor, aunque luego la Aduana presentó objeción, solicitando se remitan antecedentes al Fiscal de Distrito. Pidió se declare improcedente el recurso.