SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2003-R

Fecha: 15-Ene-2003

III.4

III.4   Resulta imprescindible anotar que, no obstante que tal conducta no da lugar a la declaratoria de procedencia del amparo contra el Fiscal  Gastón Mostajo Tardío, por la razón antes consignada -el requerimiento fiscal no es una orden, sino una solicitud o una opinión- esa autoridad no tiene atribución alguna para requerir  el cierre definitivo de las operaciones de Agencia Despachante de Aduana alguna, dado que ello deberá ser dispuesto por la autoridad llamada por ley, sea administrativa o jurisdiccional, según corresponda, teniendo el interesado la  potestad de  acudir en queja o denuncia ante la instancia respectiva, en relación a la actuación del Fiscal co-recurrido.