SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1566/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
III.2
III.2 Por las listas de asistentes cursantes en el expediente del recurso de amparo constitucional, se constata que el recurrente no asistió a las sesiones de fecha 6, 13, 15 y 20 de mayo de 2003, y que desde el 22 de mayo, sesión del Concejo Municipal de Warnes realizada en “La Abrita” participaron Carmen Suárez Suárez, suplente del recurrente y Jorge Shiguedi Okubo Vaca, en la que fue habilitado por Resolución Municipal 15/2003, sin embargo desde el 15 de mayo de 2003, el recurrente junto a otros Concejales, se negaba a participar de las sesiones.
En ese entendido se tiene establecido en la SC 1103/2002-R, de 13 de septiembre “La concesión del Amparo debe obedecer a la certidumbre de que en efecto ha sido violado o está amenazado un derecho fundamental. En el caso presente no existiendo prueba que acredite los hechos denunciados en el memorial de demanda, no corresponde otorgar la tutela solicitada. Así SS CC 200/2001-R, 279/2001-R, 369/2001-R, 410/2001-R, 428/2001-R y 1201/2001-R, ...”, en ese mismo sentido se ha pronunciado las siguientes SS CC 130/2003-R, 310/2003-R, 951/2003-R, 110/2003-R, 1256/2003-R y otras, por lo que siguiendo la línea jurisprudencial trazada, ante la inexistencia de prueba que corrobore las aseveraciones del recurrente, corresponde negar el amparo impetrado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1
- procedente
- II.1
- II.3
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- II.10
- II.11
- II.12
- II.13
- II.14
- II.16
- II.17
- a
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- contra auto de procesamiento ejecutoriado en estrados judiciales, con el objeto
- III.5
- o en la instancia donde han sido conculcados
- III.6
- III.7