SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1566/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
III.6
III.6 El recurrente sin probar que se le haya impedido el ejercicio del cargo de Concejal para el que fue electo y tratando de sustentar su posición, hace una serie de denuncias solicitando que mediante este recurso de amparo constitucional se declaren nulos los actos de aquellos a los que acusa de ejercer ilegalmente al cargo de Concejal, tal el caso de Jorge Shiguedi Okubo Vaca, quién conforme se tiene aclarado nunca fue demandado, por lo que no le alcanzan los efectos de sentencia alguna.
Al mismo tiempo sostiene que Silvia Salazar de Lijerón fue relegada del cargo de Secretaria del Concejo Municipal, antes de cumplirse el año para el que fue elegida, sin que dicha Concejala haya suscrito la demanda ni el recurrente probado que actúa en su representación, por lo que dicha cuestión no puede ser atendida ante la carencia de legitimación activa del recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1
- procedente
- II.1
- II.3
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- II.10
- II.11
- II.12
- II.13
- II.14
- II.16
- II.17
- a
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- contra auto de procesamiento ejecutoriado en estrados judiciales, con el objeto
- III.5
- o en la instancia donde han sido conculcados
- III.6
- III.7