SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1617/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1617/2003-R

Fecha: 10-Nov-2003

II.3

II.3       En la nota de 31 de enero de 2003, que tenía el propósito de notificar al actor con la moción, consta el sello de recepción del gobierno municipal (fs. 64), y conforme afirmó el recurrido, fue dejada a un funcionario municipal en secretaría, (fs. 87 vta. a 88); sin embargo, tanto el Intendente Municipal como el Secretario Interino de la Alcaldía de ese entonces, niegan que hubieran recibido dicho oficio y que el mismo se hubiera presentado (fs. 50 y vta.).