SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1629/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1629/2003-R

Fecha: 17-Nov-2003

I.1.1    Hechos que motivan el recurso.

En la demanda presentada el 26 de agosto de 2003 (fs. 325 a 328), el recurrente afirma que en el Juzgado a cargo del recurrido se sustanció el proceso ejecutivo seguido por Ángel Mercado Farell contra la empresa “Granel” S.R.L., dentro de cual, no obstante que el ejecutante tenía conocimiento de la existencia de gravámenes, como hipoteca y prenda sobre los bienes de la ejecutada,  aquel no pidió y el Juez no ordenó, como era su obligación, notificación alguna a los demás acreedores, en contra de lo dispuesto por el art. 1479-I del Código civil (CC), concordante con el  art. 536-3) de su procedimiento (CPC), de modo tal que las dos audiencias de remate se realizaron sin conocimiento del Banco en liquidación que representa, que no tuvo oportunidad de plantear tercerías ni otro medio o recurso en defensa de sus intereses.

Relata que como consecuencia del segundo remate se ha levantado el gravamen constituido sobre el predio rústico de 53.991 m2 ubicado en Warnes, departamento de Santa Cruz, y la garantía prendaria sobre la maquinaria industrial destinada al tratamiento de aceite crudo de soya, infligiendo un enorme daño económico a la entidad bancaria que representa.