SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1629/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1629/2003-R

Fecha: 17-Nov-2003

procedente

La Sentencia 32/03, cursante de fs. 443 a 444, pronunciada el 4 de septiembre de 2003 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara procedente el recurso y dispone “que la autoridad recurrida regularice el proceso de acuerdo a las normas legales vigentes que rigen la materia” (sic), bajo el fundamento de que el acreedor hipotecario no fue citado antes de la subasta del bien,  para que pueda interponer lo que viere conveniente de acuerdo a ley, en razón de lo que no ha ejercido su derecho privilegiado sobre los bienes subastados, de manera que el Juez ha actuado  en expresa contradicción a lo ordenado por el art. 1479 CC,  no obstante  conocer que existía una hipoteca legal sobre el inmueble.