SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1642/2003-R
Fecha: 17-Nov-2003
II.4
II.4 Por Auto de 3 de abril de 2003, el juez de la causa declaró probada la excepción opuesta y anuló obrados hasta fs. 29-30 inclusive del proceso, con el argumento de que la entidad bancaria incumplió con el contrato suscrito al proporcionar solamente una parte del contrato quedando como saldo la entrega de la suma de $US47.000, conforme confiesa el apoderado de la institución bancaria, viciando de esa manera la acción coactiva y por ende la sentencia dictada, al carecer de valor legal el documento base de la ejecución, ya que en el instrumento público no se incluyó cláusula que modifique el monto del préstamo a la suma de $US103.000 para hacer viable y legal la acción coactiva; extremos corroborados por las declaraciones confesorias de ambas partes (fs. 26-27).
- amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- El vocal recurrido Luis Rodríguez Aguirre
- El co-demandado Alejandro Guerra
- procedente
- a)
- b)
- c)
- d)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III.1
- por el cual revocaron el Auto apelado que declaró probada la excepción de falta de fuerza coactiva opuesta de su parte y dispusieron la prosecución del trámite
- III.2