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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1908/2003- R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1908/2003- R

    Fecha: 17-Dic-2003

    2º

    2º  REVOCA y declara PROCEDENTE el recurso respecto a los vocales co-recurridos, disponiendo que estos dicten una nueva resolución aplicando debidamente el art. 204 CP, conforme a los fundamentos de la presente sentencia y en tanto ello suceda, se suspenda el mandamiento de condena, pudiendo ser expedido después que la citada resolución sea dictada si así correspondiere.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • III.5
    • III.6
    • III.7
    • 2º

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