SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0631/2004-R
Fecha: 22-Abr-2003
II.2.
II.2. El 14 de enero de 2002, los representantes legales del Banco “Ganadero” S.A. interpusieron acción coactiva civil contra Lorenzo Liaño Ortiz, demandando el pago de $US594.299,03.- y el embargo de los bienes inmuebles otorgados en garantía hipotecaria, entre ellos el fundo rústico denominado “El Cañadón”, de propiedad de Mario Liaño Ortiz, pidiendo expresamente que a éste se le haga saber la existencia de la demanda (fs. 53 a 55), y el 18 de ese mes el Juez Tercero de Partido en materia civil y comercial de la Capital pronunció Sentencia, declarando probada la demanda y ordenando al deudor que a tercero día cancele lo adeudado, más intereses y costas, bajo prevención de llevar adelante el remate de los bienes ofrecidos en garantía (fs. 55 y vta.), expidiendo el correspondiente mandamiento de embargo el 30 de enero de 2002 (fs. 56) y notificándose mediante cédula, al deudor el 15 de febrero de 2002 con la demanda y Sentencia (fs. 58).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- SC 917/2003-R,
- SC 1534/2003-R,
- III.3.
- II.
- III.
- I.
- III.5
- III.6.
- el Juez no sólo admitió la supuesta prueba adjunta, sino que también admitió la demanda y para el colmo, dictó la sentencia a favor del Banco coactivante
- III.7.
- REVOCAR