Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0631/2004-R
Fecha: 22-Abr-2003
III.6.
III.6. La jurisprudencia glosada es de aplicación al caso concreto, por cuanto, de antecedentes se establece que mediante escritura pública 914/2000 de 17 de mayo de 2000, se procedió a la ampliación del plazo de vencimiento de la línea de crédito rotativa, otorgada por el Banco “Ganadero” S.A., a favor de Lorenzo Liaño Ortiz, por la suma de $US700.000.-, en la que interviene como garante hipotecario su hermano, Mario Liaño Ortiz, en su condición de propietario de uno de los inmuebles ofrecidos en calidad de garantía hipotecaria.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- SC 917/2003-R,
- SC 1534/2003-R,
- III.3.
- II.
- III.
- I.
- III.5
- III.6.
- el Juez no sólo admitió la supuesta prueba adjunta, sino que también admitió la demanda y para el colmo, dictó la sentencia a favor del Banco coactivante
- III.7.
- REVOCAR