SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0631/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0631/2004-R

Fecha: 22-Abr-2003

II.3.

II.3.    Por memorial presentado el 19 de febrero de 2002, el deudor se apersonó ante el Juez de la causa e interpuso excepciones (fs. 65 a 75), y por Auto de 22 de marzo de 2002, el Juez rechazó las excepciones planteadas no previstas por Ley y declaró improbadas las excepciones de pago documentado, falta de fuerza coactiva e inhabilidad del título  (fs. 79 vta.), constando la notificación al deudor, practicada por cédula el 20 de abril de 2002 (fs. 80).