Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0577/2003-R
Fecha: 05-May-2003
II.2.
II.2. A requerimiento del Ministerio Público porque se admita demanda penal contra los actores (fs. 168), el Juez de Instrucción en lo Penal de Trinidad, mediante auto de 30 de enero de 2001 dispuso la apertura de juicio penal a citación directa contra el recurrente y su representado, por la presunta comisión de los delitos de despojo, alteración de linderos y perturbación de posesión, disponiendo se reciba su confesión (fs. 169).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- I.2.2. Informe del recurrido
- procedente
- haciendo improcedente el recurso respecto de su persona.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- III.3.
- II.6.
- II.7
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la que velando por la igualdad de las partes, dio curso a esa petición