Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0577/2003-R
Fecha: 05-May-2003
II.6.
II.6. Recibidas las pruebas de cargo, en la audiencia de 8 de septiembre de 2001, a solicitud del abogado defensor, la Jueza recurrida a fin de dar igualdad procesal a los rebeldes, otorgó un término de ocho días para que los procesados presenten las listas de sus testigos y se tomen las declaraciones correspondientes, indicando que pasado ese término se clausurará el período de debates y la lectura de prueba instrumental (fs. 239 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- I.2.2. Informe del recurrido
- procedente
- haciendo improcedente el recurso respecto de su persona.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- III.3.
- II.6.
- II.7
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la que velando por la igualdad de las partes, dio curso a esa petición