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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0577/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0577/2003-R

    Fecha: 05-May-2003

    II.8.

    II.8.    El abogado defensor fue notificado en la audiencia de lectura de sentencia junto con la parte civil y el Ministerio Público, habiéndose publicado el edicto de ley con el mismo fin (fs. 254-256), y al no haberse presentado apelación por los demandados, la juzgadora demandada, declaró ejecutoriada la sentencia disponiendo se libren los correspondientes mandamientos de condena a través del Auto de 23 de enero de 2002 (fs. 258).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • ,
    • I.2.2.   Informe del recurrido
    • procedente
    • haciendo improcedente el recurso respecto de su persona.
    • I.3.    Trámite procesal en el Tribunal
    • II.1.
    • II.2.
    • III.3.
    • II.6.
    • II.7
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • la que velando por la igualdad de las partes, dio curso a esa petición

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