Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0577/2003-R
Fecha: 05-May-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente indica que la Jueza recurrida ha vulnerado el debido proceso, la seguridad jurídica y el derecho a la defensa, toda vez que él y su mandante fueron sometidos a un indebido proceso penal en el cual no fueron notificados legalmente y su defensor de oficio no asumió una verdadera defensa en su favor, dando lugar a que se haya dictado una ilegal sentencia condenatoria en su contra, sin competencia, y sin tomar en cuenta que el derecho propietario en materia agraria corresponde determinarlo a la judicatura agraria. Por consiguiente, es pertinente analizar si los hechos demandados ameritan la protección otorgada por el art. 19 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- I.2.2. Informe del recurrido
- procedente
- haciendo improcedente el recurso respecto de su persona.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- III.3.
- II.6.
- II.7
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la que velando por la igualdad de las partes, dio curso a esa petición