SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0600/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0600/2003- R

Fecha: 06-May-2003

II.5

II.5     Que por resolución de 8 de enero de 2003, el recurrido Fiscal a solicitud de parte y en atención al Auto de Vista de 16 de noviembre de 2002 -que resolvió la recusación-, dispuso se remita el cuaderno procesal ante el Juez Tercero de Sentencia (fs. 1.376), quien el 11 de enero de 2003, decretó “Otórguese el debido cumplimiento del Auto de fecha 08 de Noviembre de 2002, corriente  a fs. 1249 vuelta de obrados, de conformidad al Art. 126 del Código de Procedimiento Penal” (fs. 1.380), decreto que mantuvo ante la renuncia de la ampliación de querella de 1º de noviembre, pues por otro de 14 de enero de 2003 dispuso “Estese a la providencia de 11 de enero del año en curso” (fs. 1.385 y vta.), contra el cual, el querellante interpuso reposición, pero la misma autoridad resolvió “no ha lugar al mismo por cuanto el Auto de 8 de noviembre de 2002 no fue impugnado” (fs. 1.386, 1.387).