SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0600/2003- R
Fecha: 06-May-2003
II.5
II.5 Que por resolución de 8 de enero de 2003, el recurrido Fiscal a solicitud de parte y en atención al Auto de Vista de 16 de noviembre de 2002 -que resolvió la recusación-, dispuso se remita el cuaderno procesal ante el Juez Tercero de Sentencia (fs. 1.376), quien el 11 de enero de 2003, decretó “Otórguese el debido cumplimiento del Auto de fecha 08 de Noviembre de 2002, corriente a fs. 1249 vuelta de obrados, de conformidad al Art. 126 del Código de Procedimiento Penal” (fs. 1.380), decreto que mantuvo ante la renuncia de la ampliación de querella de 1º de noviembre, pues por otro de 14 de enero de 2003 dispuso “Estese a la providencia de 11 de enero del año en curso” (fs. 1.385 y vta.), contra el cual, el querellante interpuso reposición, pero la misma autoridad resolvió “no ha lugar al mismo por cuanto el Auto de 8 de noviembre de 2002 no fue impugnado” (fs. 1.386, 1.387).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Omar Rodolfo Dorado Severiche, Juez Tercero de Sentencia de la Capital y Jorge Gonzáles Cortez, Juez Cuarto de Sentencia de la Capital,
- a)
- improcedente
- (fs. 117- 118)
- (fs. 2.685)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- (fs. 1.363, 1.364-1.365).
- (fs. 1366)
- II.5
- III.1
- o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”
- III.2
- III.3
- En los casos previstos en los numerales 1) y 2) la conversión será autorizada por el Fiscal del Distrito o por quien él delegue autorización
- III.4
- III.5
- III.6
- REVOCA