SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0639/2003- R
Fecha: 09-May-2003
II.1
II.1 Que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y otros, por la supuesta comisión de los delitos de tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación en conocimiento del Tribunal de Sentencia de Concepción, el 21 de diciembre de 2002 (fs. 7-13), se verificó la audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva solicitada por el recurrente y otros, a la cual se dio curso imponiéndole medidas sustitutivas mediante Auto de la fecha, en cuyo texto al finalizar se deja presente “Se advierte a las partes el derecho que les asiste de apelar a tercero día de su legal notificación de la presente Resolución (...) quedando las partes notificadas en sala con la Resolución verbal, la cual les será notificada formalmente por escrito...” (fs. 18-20).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Beatríz Sandoval de Capobianco, Adhemar Fernández Ripalda y Edgar Molina Aponte, Vocales de la Sala Penal Segunda
- I.2.1
- a)
- improcedente
- II.1
- II.3 Que, el 6 de enero de 2003, con la misma resolución
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- la notificación se la practicará en su domicilio real, dejando copia de la resolución y la advertencia en presencia de un testigo idóneo que firmará la diligencia
- III.4
- III.5
- APRUEBA