SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0639/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0639/2003- R

Fecha: 09-May-2003

III.    FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

Que el recurrente solicita tutela a sus derechos  al debido proceso y a la inalterabilidad de los procedimientos, consagrados en los arts. 16 y 29 CPE, denunciando que han sido vulnerados por los recurridos, dado que dentro del proceso penal que por delitos previstos en la Ley 1008 le sigue el Ministerio Público, pese a que las partes fueron notificadas en audiencia conforme al art. 160 CPP con la resolución que dio curso a la cesación de la detención preventiva que solicitó y no  manifestaron reserva de apelar y tampoco apelaron, los Vocales recurridos han admitido una apelación planteada extemporáneamente por el Fiscal y resuelto en el fondo la misma revocando la resolución del a quo dejando sin efecto la cesación. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.