Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0640/2003- R
Fecha: 09-May-2003
II.2
II.2 Que el 18 de febrero de 2003, a hrs. 17:30 el Fiscal imputó formalmente los delitos de peculado e incumplimiento de deberes al representado y con relación a la aplicación de medidas cautelares, manifiesta que serán fundamentadas en audiencia. Radicada dicha imputación en el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Penal, el titular del mismo fijó audiencia para el día siguiente (fs. 2-3 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Gerardo Torrez Antezana y Angel Aruquipa Chui, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia, Alberto Villegas García, Fiscal y Rubén Barrientos Mena, Oficial de la Policía Nacional
- I.2.1
- a)
- improcedente
- II.1
- II.1.1
- II.1.2
- II.2
- II.3
- III.1
- 1)
- III.2
- Fragmento 15
- III.3
- III.4
- III.5
- APRUEBA en parte