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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0699/2003- R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0699/2003- R

    Fecha: 22-May-2003

    I.2.1

    El abogado del recurrente ratificó los fundamentos de la demanda y los amplió indicando que al margen de las disposiciones que le otorgan el derecho de ser procesado para el caso de haber incurrido en alguna falta, también el art. 28-m) del Estatuto citado por los mismos recurridos le ampara dicho derecho; sin embargo, AAPOS lo ha acusado sin probar los hechos que le acusan, pues hasta la fecha recién se entera de la existencia del sumario.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • I.2.1
    • a)
    • improcedente
    • II.2.
    • II.4
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • se prescribió que el Estado mantendría tuición sobre las mismas en aspectos normativos y de fiscalización
    • Fragmento 11
    • estará sometido a la fiscalización de la Contraloría General de la República de conformidad a la respectiva ley orgánica
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • III.6
    • REVOCA

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