SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0760/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0760/2003-R

Fecha: 04-Jun-2003

III.1 Sobre la remisión física del imputado ante el Juez.-

III.1 Sobre la remisión física del imputado ante el Juez.- La previsión establecida en el art. 226 CPP, en sentido de que el imputado debe ser puesto a disposición del juez en un plazo máximo de 24 horas, no es un postulado formal, sino, de contenido material;  por lo que su inobservancia lesiona, de un lado,  el derecho a la defensa material (art. 8 CPP) y de otro, los principios de oralidad e inmediación que rigen el proceso cautelar, que al no observarse, vulneran el irrestricto derecho a la defensa proclamado por la Constitución (art. 16.II). Así lo ha establecido la jurisprudencia de este Tribunal en las SSCC 526/2003-R y 600/2003-R, entre otras.