Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0764/2003- R
Fecha: 06-Jun-2003
II.1
II.1 Que por memorando de 2 de marzo de 2000, el recurrente fue designado en el cargo de Agente Municipal. Mediante Memorando A.J.P. 100/02 de 1 de octubre de 2002, el recurrido Alcalde y el Jefe de Personal de la Alcaldía Municipal de Huanuni, comunicaron al recurrente que desde el mes de septiembre fue designado con el “Nro.- de ITEM 1012-9 en el cargo, de acuerdo a la Resolución Administrativa N.- 016/2002: Agente 2” (textual) (fs. 11).
- recurso de amparo constitucional
- sin observar que el art. 16-h) referido, ha sido derogado y que la Ley del Estatuto del funcionario Público no le es aplicable porque no es funcionario de carrera
- Santos Ramírez Yucra, Alcalde Municipal de Huanuni, Julían Roque Achacollo, Zacarías López Lima, Olga Flores Villca, Vocales del Tribunal de Apelación de la Alcaldía y Juan Carlos Rodríguez Zapata, Sumariante de la misma Alcaldía
- a)
- improcedente
- (fs. 138-139)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3.1
- III.3.2
- III.3.3
- III.4
- REVOCA