Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0764/2003- R
Fecha: 06-Jun-2003
III.4
III.4 Con relación al co-recurrido Alcalde Municipal de Huanuni, al haber destituido al recurrente, mediante Memorando A.J.P. 137/02 de 28 de diciembre, ha incurrido en un acto indebido que lesiona el derecho al trabajo del recurrente, toda vez que aplicó una Resolución Administrativa expedida por un Tribunal de Apelación que, a su vez sustanció un recurso y expidió una resolución con graves irregularidades que lesionaron derechos fundamentales y garantías constitucionales viciando de nulidad sus actos y resolución. En consecuencia, también corresponde declarar procedente el recurso y otorgar la tutela con relación al nombrado co-recurrido.
- recurso de amparo constitucional
- sin observar que el art. 16-h) referido, ha sido derogado y que la Ley del Estatuto del funcionario Público no le es aplicable porque no es funcionario de carrera
- Santos Ramírez Yucra, Alcalde Municipal de Huanuni, Julían Roque Achacollo, Zacarías López Lima, Olga Flores Villca, Vocales del Tribunal de Apelación de la Alcaldía y Juan Carlos Rodríguez Zapata, Sumariante de la misma Alcaldía
- a)
- improcedente
- (fs. 138-139)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3.1
- III.3.2
- III.3.3
- III.4
- REVOCA