SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0856/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0856/2003-R

Fecha: 24-Jun-2003

El representante del Superintendente de Electricidad

El representante del Superintendente de Electricidad, en la audiencia de amparo y en el informe que sale de fs.  67-70, asevera que: a)  se atendió en forma oportuna el reclamo de la recurrente, habiéndose emitido el Auto de 11 de abril de 2003 (notificado a la reclamante el 14 del mismo mes y año), por el que se rechaza la denuncia planteada por la recurrente, en razón a que esa Superintedencia no tiene competencia ni facultades para conocer y atender la misma, b) el tema versa entre el propietario de la casa y la inquilina y c) se suman al informe presentado por el representante de ELECTROPAZ.