SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2003 -
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2003 -

Fecha: 29-Jul-2003

III.1

III.1   Que, partiendo del mandato constitucional previsto en el art. 6 CPE, este Tribunal, interpretando los alcances del mismo, ha dictado de manera uniforme fallos en los que ha establecido que efectivamente en toda etapa preparatoria emergente de la denuncia por la comisión de un delito, la medida de detención preventiva para los imputados es de carácter excepcional, de manera que sólo puede ser aplicada cuando no exista la mínima posibilidad de aplicar otra para asegurar la presencia del imputado durante el proceso, lo que importa que la libertad como derecho fundamental primario prevalece en los demás casos y ante cualquier duda del juzgador para limitarla.