Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2003 -
Fecha: 29-Jul-2003
recurso de hábeas corpus
En revisión la Resolución de 4 de junio de 2003, cursante de fs. 33 a 35, pronunciada por el Juez de Partido Ordinario Mixto, Liquidador y de Sentencia de la Provincia Charcas, Alonso de Ibañez y Gral. Bilbao Rioja de San Pedro de Buena Vista del Departamento de Potosí dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Saturnino Marcos Castillo contra Gilberth Choqueticlla Rodríguez, Juez Instructor Mixto Liquidador y Cautelar con Asiento Judicial en San Pedro de Buena Vista, alegando la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, a la libertad física y a la presunción de inocencia, consagrados en los arts. 7-a), 6-II y 16-I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- se decidió mantener su detención preventiva sin lugar a la revocatoria, cuando ya anteriormente le fue otorgado el beneficio conforme al art. 240 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pero fue revocado por “haber incumplido la medida cautelar prevista en el inc. 2)” del citado artículo
- Gilberth Choqueticlla Rodríguez, Juez Instructor Mixto Liquidador y Cautelar con Asiento Judicial en San Pedro de Buena Vista
- a)
- improcedente
- (fs. 37-38),
- (fs. 49)
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- APRUEBA