SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2003

Fecha: 27-Ago-2003

a)

a)  La Cooperativa de Transportes “6 de Agosto” obtuvo el reconocimiento de su personalidad jurídica por Resolución de Consejo 03346 de 8 de julio de 1987 y el registro 3075 en INALCO, y desde 1993 aproximadamente continuó con sus actividades indistintamente como Cooperativa “6 de Agosto” y como Sindicato de Transportes “8 de Mayo” Línea 112. A objeto de “regularizar” esa situación Patricio Morales Camacho solicitó el reconocimiento  legal de la entidad cooperativista, como si se tratase de un nuevo trámite y poniendo en  tela de juicio la personalidad ya reconocida.