SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2003

Fecha: 27-Ago-2003

ante la instancia legal competente

          Se debe dejar sentado que la presunta falta de intervención de todos los miembros de CONALCO en la emisión de la  Resolución de Consejo  5321 de 19 de febrero de 2002, deberá ser reclamada por  los interesados o afectados con la misma ante la instancia legal competente, pero de ningún modo es admisible que el Director Ejecutivo de INALCO adopte una determinación concerniente a aquello, cuando el ámbito de sus funciones no abarca la posibilidad de dejar sin efecto las Resoluciones de la instancia jerárquica y administrativamente superior.