SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2003
Fecha: 27-Ago-2003
crea el Instituto Nacional de Cooperativas (INALCO) en base a la Dirección Nacional de Cooperativas,
Mediante DS No. 12650 de 26 de junio de 1975 se aprueba el Estatuto Orgánico de INALCO, cuyo art. 2 establece que el movimiento cooperativo nacional está sujeto a la autoridad, a las directivas y normas que imparta el Instituto, coordinando las relaciones que tenga éste con otras entidades del Estado, de conformidad con las disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, armonizando sus actos con la política social y laboral del gobierno.
CONALCO estará integrado, según el art. 11, por el Ministro de Trabajo, como Presidente, y un representante de CONEPLAN, de los Ministerios de Finanzas, de Asuntos Campesinos, de Minería, de Transportes, de Urbanismo y Vivienda, de las Federaciones Nacionales de Cooperativas Agropecuarias, Mineras, de Ahorro y Crédito y otras, así como de los organismos auxiliares del cooperativismo, encontrándose las atribuciones de tal Consejo en el art. 13.
- Ramiro Otondo Gutiérrez, Jaime Cruz Chire y José Sánchez Gonzáles, Secretario General, Secretario de Relaciones y Secretario de Conflictos del Sindicato de Transportes “8 de Mayo” Línea 112, respectivamente,
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- I.1.2. Personas recurridas y petitorio
- admitió
- I.3. Alegaciones del personero del órgano que generó el instrumento impugnado
- II.1.
- II.4. El Consejo Nacional de Cooperativas (CONALCO),
- II.5. Mediante Resolución Administrativa 1485 de 9 de septiembre de 2002 (fs. 277)
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- el Consejo Nacional de Cooperativas es el órgano encargado de la ejecución y cumplimiento de esa Ley; y el art. 128 crea la Dirección Nacional de Cooperativas, como órgano del Consejo indicado,
- crea el Instituto Nacional de Cooperativas (INALCO) en base a la Dirección Nacional de Cooperativas,
- entre las que no figura la potestad de dejar sin efecto Resoluciones de CONALCO
- III.3.
- ante la instancia legal competente