Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1145/2003-R
Fecha: 13-Ago-2003
II.12.
II.12. Mediante Resolución Municipal sin número también de 5 de diciembre de 2002 (fs. 128), haciendo referencia a que José Mamani Quispe, ese día, fue suspendido ante la denuncia realizada en su contra por el Concejo Municipal, por la supuesta comisión del delito de robo agravado, se designó nuevamente como Alcalde Municipal de Mecapaca al recurrente. Dicha Resolución fue firmada por los Concejales Victoria Flores L., Vicente Ramos S. y el recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- José Zenobio Mamani Quispe, Freddy Calle Uscamayta, Martín Poma Quispe y Víctor Canaviri Quispe, Concejales del municipio de Mecapaca
- recurrido José Mamani Quispe
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9. Por Resolución Municipal 64/2002 de 10 de octubre,
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- a)
- III.1.
- III.2
- ya que no fue notificada al recurrente,
- Pese a ello, el Presidente electo en esa ocasión, convocó a la sesión de 26 de septiembre sin notificar al recurrente
- III.3
- se encuentra viciada de nulidad
- son nulas
- III.4.
- en ningún momento esa autonomía les exime de cumplir los requisitos y procedimientos señalados por la Constitución y la Ley de Municipalidades.
- REVOCAR EN PARTE
- 4. Ordenar