SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1150/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1150/2003- R

Fecha: 15-Ago-2003

III.4

III.4   Que, por otra parte, si bien se dio una acefalía en la especialidad de la recurrente y ella fue nombrada como recomendaron autoridades jerárquicamente superiores a los recurridos, con lo que se cumplió con la circular citada por la recurrente, empero el ejercicio en el cargo no pudo hacerse efectivo por  causas ajenas a los recurridos, dado que fueron los miembros de la Junta Escolar de la Unidad Educativa donde se la designó que se opusieron a que ejerza el cargo, pues cursan oficios dirigidos a los recurridos en ese sentido, donde la Junta incluso amenazó con tomar medidas si se la designaban, competencia que para dicho efecto fue reconocida por la misma recurrente, pues firmó un acta de compromiso con el Presidente de dicha junta a fin de solucionar el conflicto.