SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1207/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1207/2003- R

Fecha: 25-Ago-2003

II.1

II.1     Que mediante sentencia pronunciada por el Juez de Partido de Uyuni, Capital de la Provincia “A. Quijarro”, en la demanda ordinaria de usucapión formulada por el Consejo de la Judicatura contra presuntos interesados se declaró probada la misma y propietario al Poder Judicial de Potosí representado por el Consejo del inmueble ubicado en la calle Cabrera esquina Arce, compuesto de dos plantas y con una superficie de 586.4 m2, cuyo derecho propietario se demandó; excluyendo la superficie que ocupa “Correos de Bolivia” ECOBOL, en la Planta Baja (cuatro ambientes) y “DITER” en la Planta alta (tres ambientes). Ejecutoriada, la sentencia,  se extendió la escritura  de transferencia por venta judicial, el 18 de marzo de 2002, se registró en Derechos Reales  bajo la Partida 47, Folio 34 vlta. del Libro 7 del Registro de Propiedades “Quijarro” (fs. 4 - 7 vlta.).