Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1207/2003- R
Fecha: 25-Ago-2003
II.5
II.5 Que, por oficio de 12 de junio, aceptado en la misma fecha por la Subgerencia Regional de ECOBOL, el recurrido dice hacer entrega del ambiente cedido en calidad de préstamo a través del documento de 6 de mayo, “para evitar futuras complicaciones con el Consejo de la Judicatura” (sic) (fs. 29).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Henry Santos V.
- I.2.1
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.1
- fs. 10
- II.3
- II.4
- II.5
- y pese a que se dictó orden judicial con la que se logró la apertura, ha vuelto a cerrarlo e incluso a refaccionarlo y pintarlo
- III.1
- Los jueces y tribunales podrán imponer sanciones pecuniarias compulsivas y progresivas tendientes a que se cumplan los mandatos judiciales
- III.2
- III.3
- REVOCA