SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1207/2003- R
Fecha: 25-Ago-2003
y pese a que se dictó orden judicial con la que se logró la apertura, ha vuelto a cerrarlo e incluso a refaccionarlo y pintarlo
Que, el recurrente solicita tutela del derecho a la propiedad, consagrado en el art. 7-i) CPE, del Consejo que representa, denunciando que ha sido vulnerado por el recurrido, quien desconociendo el derecho propietario de éste sobre un inmueble, al no haberse cedido a su petición de proporcionarle el canon de arrendamiento de un ambiente del mismo, ha procedido a cerrarlo con candado y pese a que se dictó orden judicial con la que se logró la apertura, ha vuelto a cerrarlo e incluso a refaccionarlo y pintarlo. En consecuencia, en revisión de la resolución del Juez de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal y lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Henry Santos V.
- I.2.1
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.1
- fs. 10
- II.3
- II.4
- II.5
- y pese a que se dictó orden judicial con la que se logró la apertura, ha vuelto a cerrarlo e incluso a refaccionarlo y pintarlo
- III.1
- Los jueces y tribunales podrán imponer sanciones pecuniarias compulsivas y progresivas tendientes a que se cumplan los mandatos judiciales
- III.2
- III.3
- REVOCA