Por Auto Constitucional (AC) 201/2003-CA de 28 de abril, cursante de fs. 49 a 50, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional dispuso que el recurrente subsane defectos de forma y adjunte la Resolución Suprema 205169 de 17 de octubre de 1988,
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Por Auto Constitucional (AC) 201/2003-CA de 28 de abril, cursante de fs. 49 a 50, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional dispuso que el recurrente subsane defectos de forma y adjunte la Resolución Suprema 205169 de 17 de octubre de 1988,

Fecha: 18-Sep-2003

II.1

II.1    Que, de lo aseverado por el recurrente y que no ha sido negado por la autoridad recurrida, se tiene que la Contraloría General de la República, aplica las normas impugnadas a los afiliados de la Asociación de Magistrados de Bolivia (AMABOL), al extender el certificado que acredita el cumplimiento de presentar la declaración jurada de bienes y rentas cada año.