Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1357/2003- R
Fecha: 18-Sep-2003
II.1
II.1 Que, a querella formulada por Aidé Segovia Barrios contra los recurrentes, se dispuso la elaboración de diligencias de Policía Judicial (fs. 8-9, 10), cursando formularios de notificación a los recurrentes, donde se dice habérseles notificado personalmente, pero no están sus firmas como tampoco se refiere si se rehusaron o no a firmar y no consta la identificación de testigo de actuación (fs. 11, 12, 13, 14). Concluidas las diligencias, emitido el requerimiento fiscal y radicados dichos actuados ante el Juez Instructor Noveno en lo Penal, ésta autoridad por auto de 21 de julio de 2000, instruyó sumario penal por la presunta comisión del delito de estelionato (fs. 27, 28, 29).
- recurso de amparo constitucional
- por lo que todo se realizó a sus “espaldas”, lo que les impidió enterarse de la denuncia y acción penal que se les había iniciado y con ello de poder defenderse y ser oídos en juicio
- lo que dio lugar a que fueran aprehendidos con mandamientos librados por el Juez de Instrucción
- Juan Gonzáles Noya
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.1.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.4.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- REVOCA