SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1357/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1357/2003- R

Fecha: 18-Sep-2003

II.2

II.2  Que, por memorial presentado el 18 de octubre de 2000, los recurrentes plantearon cuestión previa de falta de tipicidad manifestando expresamente “Hemos sido ingratamente sorprendidos, con la dictación del Auto Inicial de la Instrucción”. Asimismo, solicitaron que mientras no se resuelva dicha cuestión se suspendan los mandamientos de detención y como domicilio legal señalaron la secretaria del despacho judicial (fs. 88). Por Auto de 11 de noviembre de 2000, el Juez Instructor rechazó la cuestión con el argumento de que no se presentó prueba preconstituida como exige la norma prevista en el art. 187 CPP.1972 (fs. 92).