Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1381/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1381/2003-R

    Fecha: 22-Sep-2003

    II.2.

    II.2.    Por decreto emitido por el Juez de la causa, previa solicitud de la parte recurrente, se reguló el honorario profesional en la suma de $us.21.734, (fs. 179 vta.), siendo aprobada la respectiva planilla por auto de 16 de febrero de 2001 (fs. 192), el mismo que en apelación (fs. 195-196), fue anulado por auto de vista de 6 de junio de 2001 (fs. 243).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • procedente en parte
    • a)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • la apelación sin recurso ulterior permitida por el art. 201 CPC, de aplicación al caso de autos, debe ser interpuesta en el plazo de diez días conforme disponen los arts. 220.1) y 225.2) CPC, al ser el auto de regulación de honorarios, un auto definitivo
    • III.2.
    • APRUEBA

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca