Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1429/2003-R
Fecha: 29-Sep-2003
II.6
II.6 Se hace constar que los memoriales presentados por Rossmery Puri Choque, no son suscritos por ella, a excepción de la demanda y el memorial cursante a fs. 8 y 58 (acusados de falsos por el recurrente), en el memorial de fs. 9 y 49 que es presentado ante el despacho de la Jueza personalmente por la demandante. Curiosamente, este memorial no se encuentra firmado por ella.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- cuando en un proceso se afecta al contenido esencial de un derecho fundamental o una garantía constitucional, se abre inexcusablemente el ámbito de protección que brinda el orden constitucional a través del amparo
- pudiendo excepcionalmente en cuestiones de mero trámite, firmar solamente el Abogado, por la parte que se encuentra momentáneamente ausente o impedida