Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
II.3.
II.3. Al tomar conocimiento del informe de Auditoría Interna sobre el problema en cuestión y al haberse presentado los descargos por parte del recurrente y otros, por Resolución de 20 de junio de 2000, el Comité Ejecutivo del Consejo Universitario resolvió en su artículo único, rechazar las observaciones y denuncias del Concurso de Méritos y Examen de Competencia en la Carrera de Matemáticas, dependiente de la Facultad de Ciencias Puras y Naturales, por falta de documentación probatoria y ordenar el archivo de obrados (fs. 14).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Iván Irazoque Tobías y Juan Fernando López Deheza, miembros del H. Consejo Universitario de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la parte recurrida
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- a)
- III.1.
- , este postulado que se extiende a toda clase de procesos
- III.2.
- lo que significa que no existe vulneración al principio non bis in idem
- .
- serán admitidas en el plazo de diez días y se remitirán a la Comisión Sumarial competente, para el levantamiento del respectivo sumario
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- REVOCAR EN PARTE