SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
procedente
La resolución de 5 de noviembre de 2003 cursante de fs. 135 a 136, declaró procedente el recurso contra el actual Consejo Universitario e improcedente contra las ex autoridades recurridas Iván Irazoque y Juan Fernando López, sin multa por ser excusable, por consiguiente, dispuso la nulidad de la Resolución 177/03 dictada por el Consejo Universitario, debiendo dictarse una nueva debidamente fundamentada, que incluya los aspectos y puntos de la apelación. Este fallo se funda en que el proceso universitario instaurado contra el actor, no observó los plazos correspondientes a cada etapa; asimismo, se verifica que la Resolución 177/03 dictada por el Consejo Universitario no resuelve los extremos apelados, incurriendo en la nulidad prevista por el art. 251 del Código de procedimiento civil (CPC), con relación al art. 236 del mismo cuerpo adjetivo procesal, aplicable al caso supletoriamente por falta de previsión expresa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Iván Irazoque Tobías y Juan Fernando López Deheza, miembros del H. Consejo Universitario de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la parte recurrida
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- a)
- III.1.
- , este postulado que se extiende a toda clase de procesos
- III.2.
- lo que significa que no existe vulneración al principio non bis in idem
- .
- serán admitidas en el plazo de diez días y se remitirán a la Comisión Sumarial competente, para el levantamiento del respectivo sumario
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- REVOCAR EN PARTE