SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2004-R

Fecha: 13-Ene-2004

III.4.   Ausencia de defensa en juicio.

En el presente caso se advierte incuestionablemente que durante el juicio oral que tiene entre otras características la forma contradictoria de su realización, el mandante del recurrente asumió el derecho de defensa reconocido por el art. 16.II CPE de manera amplia y en ejercicio de los derechos reconocidos a todo imputado conforme el art. 84 CPP, ya que de la revisión del acta del juicio, se evidencia que su abogado defensor contrainterrogó a los testigos y objetó la prueba presentada por la representación del Ministerio Público en su calidad de parte acusadora, tuvo la posibilidad de hacer comparecer a sus testigos de descargo e incluso el propio imputado se defendió por sí mismo desarrollando la defensa material establecida por el art. 8 CPP al formular interrogantes a algunos testigos que prestaron sus declaraciones durante la práctica probatoria del juicio; además se procedió a la lectura de la prueba documental presentada por su parte, su defensor alegó en conclusiones y por último tuvo la posibilidad de ejercer el derecho a la última palabra; extremos que demuestran que no existió limitación alguna al derecho de defensa, menos una inactividad total de parte del abogado defensor, como en otras circunstancias valoradas por este Tribunal, en los que se alegó carencia de defensa técnica y que ameritó la tutela establecida por el art. 19 CPE.