SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1676/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1676/2004-R

Fecha: 15-Oct-2004

II.1.

II.1. Dentro del referido proceso de divorcio, el 24 de mayo de 2000, el Juez Cuarto de Partido de Familia de la ciudad de La Paz, emitió Auto de aprobación de liquidación, disponiendo su pago bajo conminatoria de ley al tercer día de su legal notificación; el 30 de mayo del mismo año, se procedió a la notificación del recurrente, en su domicilio procesal, quien habría recibido la copia de ley; sin embargo, no consta en dicha diligencia, la firma del recurrente en dicho actuado procesal (fs. 19 y vta.).