SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1687/2004-R
Fecha: 18-Oct-2004
Fragmento 22
Contra tal determinación, el 17 de mayo de 2004 y ante el mismo Tribunal, el recurrente interpuso recurso de apelación haciendo referencia a los mismos hechos que motivan el presente recurso, impetrando al Director Departamental de Educación la nulidad de obrados o en su caso dicte nuevo fallo determinando su “no responsabilidad” en los hechos acusados; memorial que mereció el Auto de 18 de mayo de 2004, por el cual los recurridos ordenaron la complementación, aclaración y precisión del recurso de parte del actor, quien por memorial de 19 de mayo de 2004 invocó los arts. 60 y 65 inc. a) del Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública (fs. 291). En ese entendido los recurridos por Auto 002/04 de 26 de mayo, resolvieron desestimar el recurso de apelación interpuesto por el actor, en aplicación del art. 24 inc. d) numerales 2) y 3) del DS 26319 por no haberse ajustado a las normas procedimentales citadas y por no haber planteado el recurso de revocatoria, a cuya consecuencia declararon la ejecutoria de la Sentencia y del Auto Aclaratorio.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- “procedente parcialmente” (sic.)
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.15.
- II.16.
- a)
- III.1.
- III.2.
- Esa disposición es el Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública, aprobado por Resolución Ministerial 062/00, de 17 de febrero de 2000
- , que no estuviesen en una institución de Carrera con Legislación Especial
- III.3.
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- III.4.
- APROBAR