Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 1822/2004-R
Fecha: 23-Nov-2004
II.5.
II.5. El 11 de junio de 2004, la Comisión Calificadora se reunió a efectos de considerar la impugnación presentada por Jorge Borda Sivila contra Rómulo Revollo Ocampo, por incumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria a concurso de méritos para optar el cargo de Director Distrital, en dicha sesión declararon improcedente el recurso de revocatoria planteado y homologaron los servicios de Coordinador del SEBAD de Rómulo Revollo con las funciones de Director de Unidad Educativa, continuando con el proceso de institucionalización para el cargo de Director Distrital (fs. 84-85).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Si el postulante considera que sigue afectado en sus intereses con la nueva resolución de la Comisión Calificadora, podrá interponer el recurso jerárquico ante el Comité Nacional de Impugnaciones dentro del plazo de dos días siguientes a su notificación
- III.3.
- III.4.
- APROBAR