Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1879/2004-R
Fecha: 07-Dic-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 9 de agosto de 2004, cursante de fs. 94 a 103 del expediente, el recurrente asevera que el 1 de septiembre de 2003, la fiscal de Aduana Carmen Sanjines Nogueira le denunció ante el ex fiscal de Distrito Mario Lucio Montaño Pereira, por no entregar a la Aduana Nacional los vehículos que secuestró en los casos que investigaba, no denunciar la comisión del delito de contrabando y no cumplir con sus obligaciones en los casos en los que era director funcional de las investigaciones, adecuando su conducta a la falta muy grave prevista por el art. 107.3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2 Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- a no ser
- Fragmento 20
- debiendo concluirla en el plazo máximo de sesenta días,
- Fragmento 22
- III.4.
- III.5.
- APROBAR