SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1879/2004-R
Fecha: 07-Dic-2004
II.2.
II.2. Mediante memorial de 29 de septiembre de 2003, el denunciado ofreció prueba testifical (fs. 220-222). Asimismo, el 1 de octubre del mismo año, solicitó señalamiento de audiencia para la recepción de su prueba testifical (fs. 226), posteriormente, el 2 de octubre de 2003, el Fiscal de Distrito dispuso que el denunciado indique qué pretende probar con la lista de 83 testigos que propuso (fs. 227), el 6 de octubre de 2003, el recurrente solicitó la admisión de los testigos propuestos y se fije fecha de audiencia para su declaración (fs. 228). El 8 de octubre de 2003, la denunciante presentó memorial ofreciendo prueba testifical y literal (fs. 231-236). El 9 de octubre del citado año, el sumariante -Fiscal de Distrito- suspendió la audiencia de procesamiento señalada para el 10 de octubre de 2003, señalando otra para el 14 del mismo mes y año (fs. 226 vta.). Luego, el 21 de octubre de 2003, fijó nueva audiencia de procesamiento para el 23 de octubre del mismo año (fs. 238).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2 Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.2.
- a no ser
- Fragmento 20
- debiendo concluirla en el plazo máximo de sesenta días,
- Fragmento 22
- III.4.
- III.5.
- APROBAR