SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1894/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1894/2004-R

Fecha: 10-Dic-2004

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente a través de sus abogados ratificó los argumentos de la demanda y los amplió indicando que la competencia del Juez para el procesamiento por giro de cheque en descubierto, se abre luego de procederse a la interpelación del girador mediante medios idóneos, a efectos de que en el plazo de setenta y dos horas pague el monto consignado en el mismo, en su caso, tal interpelación no se produjo constituyendo ello una grave falta procedimental que vicia de nulidad el trámite del proceso. De igual manera señala que la querella fue presentada utilizando el poder otorgado por la empresa ACM Minería y Metalurgia, mientras que los cheques fueron girados a favor de la empresa ADECAM Ltda., que es la que debía, en definitiva, interponer la referida acción penal, no obstante en actos posteriores y pretendiendo rectificar su querella, se apersonaron nuevamente como ADECAM Ltda.