SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1894/2004-R
Fecha: 10-Dic-2004
II.1.
II.1. Mediante memorial de 30 de septiembre de 1999 Hugo Campos Vacaflor representante de ADECAM Ltda. Comercializadora de Minerales, presentó querella contra Claudemur José Gobesso y Carlos Bravo por los delitos de giro de cheque en descubierto y estafa (fs. 87); en el otrosí 2do. de la querella, señala que “los imputados tienen su domicilio en la ciudad de Santa Cruz y La Paz” (fs. 10-11 doc. com.) el Auto Inicial del Sumario fue dictado el 7 de octubre del mismo año (fs. 89); donde ordena que se libre los mandamientos de aprehensión en contra de los imputados (fs. 12 doc. com.). Con el mandamiento de aprehensión, el Oficial de Diligencia representó al Juez Instructor Cuarto en lo Penal de la Capital que al imputado, lo buscó en los “lugares de mayor afluencia como plazas, parques, terminal de buses y otros” de la ciudad de Oruro ( fs. 13 vta. doc. com.)
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención de tercero interesado
- improcedente
- II.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- procesamiento ilegal,
- a no ser
- La jurisprudencia aludida precedentemente es aplicable al caso de autos
- III.3.
- no realizaron defensa real alguna del recurrente
- recurrente fue condenado sin haber sido oído y juzgado previamente en un proceso legal